En el día a día de nuestras auditorías de cumplimiento legal, seguimos encontrando los mismos errores que pueden costar caro a cualquier industria. La confusión entre el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI) y el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), la falta de periodicidad en inspecciones o simples descuidos documentales son, a menudo, el caldo de cultivo perfecto para una sanción o no conformidad, o para que un sistema falle cuando más lo necesitamos.
10 claves esenciales para cumplir RSCIEI y RIPCI sin errores en tu industria
En este artículo te compartimos 10 claves prácticas para que tu empresa tenga bajo control el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI) y el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), asegurando el cumplimiento legal y la fiabilidad de tus sistemas de protección.
1. Confusión entre RSCIEI o RIPCI, que no haya dudas
Si tu establecimiento industrial es anterior al 16/1/2005 y no habéis cambiado nada, el RSCIEI no te aplica… salvo que aumentéis la superficie ocupada, cambie el nivel de riesgo, o su uso (tal y como estableció la DT única RD 2267/2004, ahora sustituida por el RD 164/2025). Este es el punto de partida para conocer qué requisitos te aplican.
2. Inspecciones simultáneas ¿sí o no?
En una misma fábrica puedes tener inspección RSCIEI y RIPCI, pero nunca en el mismo sector a la vez. Lo que no puede pasar es que no tengáis ninguna inspección en materia de incendios. Si no hay ninguna inspección, hay un incumplimiento.
3. Periodicidad de la inspección RSCIEI
La periodicidad es SIEMPRE ÚNICA. Lo dice claro la Guía Técnica publicada por el Ministerio. Tocará cada 2, 3 o 5 años; pero no me puede tocar nunca una «mezcla de periodicidades» aunque tenga sectores de riesgos muy diferentes. Con la entrada en vigor del nuevo RSCIEI (RD 164/2025), la regla es clara: mínimo cada 5 años.
4. Periodicidad RIPCI, la más sencilla
Aquí no hay misterio: cada 10 años, independientemente del riesgo del sector para aquellas zonas no diseñadas según el RSCIEI. Ojo porque si en estas zonas solo hay extintores, mantas ignífugas o sistemas de alumbrado, estáis exentos.
5. Actas del mantenedor externo, calidad obligatoria
El contenido debe cumplir la UNE 23580 o formato equivalente (ver anexo II.5 RIPCI). Por fin se han acabado los albaranes/actas de “andar por casa”.
6. Actas internas, no vale cualquier formato
Si las revisiones las hace tu propio personal, también deben ajustarse, aunque sea parcialmente, a la UNE 23580 (ver anexo II.5 RIPCI).
7. Firma de las actas externas: dos partes implicadas
Además del mantenedor, debe firmarlas también un representante de tu empresa. Una omisión muy habitual que sigue generando incumplimientos fáciles de solventar.
8. Caducidad de los medios de extinción, el gran olvidado
Señales fotoluminiscentes 20 años, detectores 10 años, mangueras de BIE y mantas ignífugas 20 años. La tabla II del RIPCI lo deja claro. Y casi nadie tiene un sistema de trazabilidad implementado… hasta que sea demasiado tarde.
9. Altura de extintores: no siempre hay que subirlos / bajarlos
La regla de los 80-120 cm solo aplica a los colocados después del 12/12/2017. Otro clásico de auditoría mal aplicado.
10. Revisión semestral del RIPCI: no la confundas con la trimestral
Aunque muchos lo unifican las revisiones, hay operaciones (como abrir/cerrar hidrantes) que son exclusivas de la semestral y no aparecen en los informes trimestrales.
Cómo ASECORP te ayuda a cumplir RSCIEI y RIPCI con seguridad y eficacia
La seguridad contra incendios no se trata solo de cumplir la ley para evitar sanciones, sino de garantizar que, en caso de emergencia, todo funcione. Tener claros estos 10 puntos te permitirá reducir riesgos, evitar costes innecesarios y demostrar, ante cualquier inspección, que tu empresa hace las cosas bien.
En ASECORP somos especialistas en requisitos legales HSE. Analizamos tu actividad, identificamos qué normativas te aplican y te guiamos paso a paso para ayudarte a cumplir con el RSCIEI/RIPCI y otras obligaciones legales, sin perder tiempo ni asumir riesgos innecesarios.
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